Seguro Dotal

Es un Seguro de Vida que permite a quien lo contrata, elegir entre distintos plazos de cobertura y suma asegurada, premia la sobrevida y la permanencia, entregando la suma asegurada al término de la vigencia de la póliza. Además, da derecho a un valor de rescate a partir del momento en que el plan elegido lo permita.

Condicionados Generales

La POL220130184 se encuentra incorporada al Depósito de Pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero.

Características

  • Cubre el fallecimiento del asegurado sea por causa natural, accidental, violenta o suicidio (esto último sólo después de 2 años de vigencia), cualquiera sea el lugar donde hubiere ocurrido.
  • La edad máxima de ingreso es 69 años y 364 días.
  • Los planes se pueden convenir a 3 (exclusivo para soldados profesionales), 5, 10, 15 o 20 años y su suma asegurada se paga:
    • Si el asegurado sobrevive a los años pactados se pagará el total de la suma asegurada en la fecha de cumplimiento.
    • Si el asegurado fallece dentro del plazo que se ha estipulado se pagará al o los beneficiarios designados en la póliza, el total de la suma asegurada a la fecha de fallecimiento de éste.
  • Otorga derecho a rescate en el tiempo que el plan elegido lo permita. Una vez realizado el rescate, el seguro se termina.
  • Descuento de primas del seguro: Automáticamente en la liquidación mensual de remuneración o pensión.

Exclusiones

  • Suicidio, auto mutilación o auto lesión. No obstante, el asegurador pagará la suma asegurada a los beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubieren transcurrido dos (2) años completos e ininterrumpidos desde la vigencia inicial del seguro.
  • Pena de muerte.
  • Enfermedades preexistentes o situación diagnosticada y conocida por el asegurado, previo a esta propuesta de seguro, a excepción de quienes hayan sufrido una patología oncológica, antes de la fecha de suscripción del contrato, cuando hayan transcurrido cinco o más años desde la finalización del tratamiento radical, sin recaída posterior. (Ley N° 21.656).
  • Acto delictivo cometido en calidad de autor, cómplice o encubridor, por un beneficiario, o quien pudiere reclamar la suma asegurada o la indemnización. En el evento de existir más de un beneficiario, el asegurador pagará a los restantes beneficiarios, no comprendidos en esta causal, con derecho a acrecer.
  • Encontrarse el asegurado conduciendo vehículos motorizados en estado de ebriedad, o bajo los efectos de cualquier narcótico.
  • La participación activa a cualquier título del asegurado en guerra internacional, sea que Chile tenga o no intervención en ella. En guerra civil dentro o fuera de Chile, o en motín, sedición o conmoción contra el orden público, dentro o fuera del territorio nacional. No obstante, si el asegurado falleciere por esta causal, el asegurador pagará a los beneficiarios de la póliza el valor garantizado por rescate correspondiente, si lo hubiera a la fecha de su fallecimiento, previa deducción de cualquier deuda por concepto del seguro.
  • Fisión nuclear, fusión nuclear o contaminación radioactiva.

Seguro Dotal para Soldados Profesionales

Es un plan exclusivo para soldados profesionales, que permite estar cubierto por el riesgo de fallecimiento y tiene valores garantizados.

Es un seguro con plazo a 3 años y su suma asegurada se paga:

  • Si el asegurado sobrevive a los años pactados se pagará el total de la suma asegurada en la fecha de cumplimiento.
  • Si el asegurado fallece dentro del plazo que se ha estipulado se pagará al o los beneficiarios designados en la póliza, el total de la suma asegurada a la fecha del fallecimiento de éste.