Es un Seguro de Vida que permite a quien lo contrata, elegir entre distintos plazos de cobertura y suma asegurada, premia la sobrevida y la permanencia, entregando la suma asegurada al término de la vigencia de la póliza. Además, da derecho a un valor de rescate a partir del momento en que el plan elegido lo permita.
Condicionados Generales
La POL220130184 se encuentra incorporada al Depósito de Pólizas de la Comisión para el Mercado Financiero.
Características
- Cubre el fallecimiento del asegurado sea por causa natural, accidental, violenta o suicidio (esto último sólo después de 2 años de vigencia), cualquiera sea el lugar donde hubiere ocurrido.
- La edad máxima de ingreso es 69 años y 364 días.
- Los planes se pueden convenir a 3 (exclusivo para soldados profesionales), 5, 10, 15 o 20 años y su suma asegurada se paga:
- Si el asegurado sobrevive a los años pactados se pagará el total de la suma asegurada en la fecha de cumplimiento.
- Si el asegurado fallece dentro del plazo que se ha estipulado se pagará al o los beneficiarios designados en la póliza, el total de la suma asegurada a la fecha de fallecimiento de éste.
- Otorga derecho a rescate en el tiempo que el plan elegido lo permita. Una vez realizado el rescate, el seguro se termina.
- Descuento de primas del seguro: Automáticamente en la liquidación mensual de remuneración o pensión.
Exclusiones
- Suicidio, auto mutilación o auto lesión. No obstante, el asegurador pagará la suma asegurada a los beneficiarios, si el fallecimiento ocurriera como consecuencia de suicidio, siempre que hubieren transcurrido dos (2) años completos e ininterrumpidos desde la vigencia inicial del seguro.
- Pena de muerte.
- Enfermedades preexistentes o situación diagnosticada y conocida por el asegurado, previo a esta propuesta de seguro, a excepción de quienes hayan sufrido una patología oncológica, antes de la fecha de suscripción del contrato, cuando hayan transcurrido cinco o más años desde la finalización del tratamiento radical, sin recaída posterior. (Ley N° 21.656).
- Acto delictivo cometido en calidad de autor, cómplice o encubridor, por un beneficiario, o quien pudiere reclamar la suma asegurada o la indemnización. En el evento de existir más de un beneficiario, el asegurador pagará a los restantes beneficiarios, no comprendidos en esta causal, con derecho a acrecer.
- Encontrarse el asegurado conduciendo vehículos motorizados en estado de ebriedad, o bajo los efectos de cualquier narcótico.
- La participación activa a cualquier título del asegurado en guerra internacional, sea que Chile tenga o no intervención en ella. En guerra civil dentro o fuera de Chile, o en motín, sedición o conmoción contra el orden público, dentro o fuera del territorio nacional. No obstante, si el asegurado falleciere por esta causal, el asegurador pagará a los beneficiarios de la póliza el valor garantizado por rescate correspondiente, si lo hubiera a la fecha de su fallecimiento, previa deducción de cualquier deuda por concepto del seguro.
- Fisión nuclear, fusión nuclear o contaminación radioactiva.
Seguro Dotal para Soldados Profesionales
Es un plan exclusivo para soldados profesionales, que permite estar cubierto por el riesgo de fallecimiento y tiene valores garantizados.
Es un seguro con plazo a 3 años y su suma asegurada se paga:
- Si el asegurado sobrevive a los años pactados se pagará el total de la suma asegurada en la fecha de cumplimiento.
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Si el asegurado fallece dentro del plazo que se ha estipulado se pagará al o los beneficiarios designados en la póliza, el total de la suma asegurada a la fecha del fallecimiento de éste.